Esta situación que estamos viviendo con el COVID-19 ha afectado a todos los sectores, por lo tanto las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITVs), también han sufrido los daños colaterales del coronavirus.
Muchos conductores tienen la duda de si los podrán multar porque tendrían que haber pasado la ITV durante el confinamiento pero no han podido hacerlo debido al coronavirus. Y es que el elevado número de controles en la carretera han provocado el temor de los conductores al no tener clara la respuesta a la siguiente pregunta: ¿pueden multarme si tengo la ITV caducada aun estando las estaciones cerradas?
Esta pregunta la dejaremos claramente respondida a continuación. Pero antes, cabe destacar que los extensos controles que están realizando los cuerpos policiales y militares en esta cuarentena, están especialmente dirigidos a saber si existe un motivo justificado cuando se produce un desplazamiento en coche, dejando atrás aspectos del vehículo como la ITV caducada o el mismo carné de conducir.
No, no te pueden multar. Los plazos impuestos por la Administración para realizar la ITV han sido suspendidos, así que todos los vehículos con ITV caducadas durante el periodo de cuarentena, sí pueden seguir circulando sin ser multados por este motivo, pues la DGT así lo anunció. Es una medida excepcional a causa del coronavirusl
No, no es necesario, ya que el plazo queda suspendido mientras estemos en el estado de alarma. Muchos conductores pueden tener el justificante con una fecha actual en la que se indica que el coche debería de pasar la ITV en el mismo periodo que se ha decretado el estado de alarma, esto no es obligatorio. Ni tienes por qué tenerlo, ni te lo pueden exigir.
A día de hoy, todas las estaciones de ITV están cerradas hasta que acabe el confinamiento de los ciudadanos. Es cierto que al principio del confinamiento, algunas estacione seguían abiertas, dependiendo de su comunidad autónoma, pero esto ya ha cambiado. Además, el desplazamiento a una estación de ITV no está permitido dentro de las actividades que recoge el artículo 7 del Real Decreto 463/2020.
Automáticamente, su ITV quedará prorrogada.
Sí. Depende de la fecha de caducidad del vehículo, una vez todo acabe el Ministerio de Industria establecerá el método a seguir para aquellos que debieron pasar la ITV. Si se traslada el coche en el tiempo adecuado, sí le corresponderá el descuento, pero aún no se sabe ninguna fecha ni cómo será el procedimiento que llevará a cabo el Gobierno de España sin que se produzcan colapsos.
No. Muchos preguntáis si, tras haber obtenido una resolución negativa de la ITV, y haber corregido los fallos, podéis circular con vuestro vehículo, pues supuestamente ya estaría apto para la circulación. La respuesta es la siguiente: aunque los fallos hayan sido corregidos justo antes de la llegada del coronavirus, no puede circular con su vehículo, ya que se considera que el coche no fue apto para su uso antes de que empezara el confinamiento.
La subsanación de defectos, solo podrá acreditarse tras realizar una nueva inspección de los elementos defectuosos, tal como establece el artículo 11.6 del Real Decreto 920/2017. Por lo tanto, si no se produce dicha inspección el vehículo, permanece inhabilitado para circular, en lo que se refiere a su estado de inspección técnica. No está prevista ninguna excepción a este respecto.
Muchos no usáis vuestro coche durante el estado de alarma, pero tenemos que seguir manteniéndolo en buenas condiciones, por ello, aquí encontrarás 8 consejos para cuidar tu coche si está parado.
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